Micelio
Auto30 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Martinez Banguera Rodrigo Alberto·Demandado Municipio De Sipi

Tema · dato duro
Asunto Relacionada Con La Seguridad Social De Empleado Público O Miembro De Corporación Pública.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Seguridad social de empleado público o miembro de corporación pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Istmina y el Juzgado Cuarto Administrativo de Quibdó.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por un ciudadano en contra de un acto ficto o presunto del Municipio de Sipí (Chocó), mediante la cual pretende, a título de restablecimiento del derecho, que se condene al Municipio al pago de los salarios y prestaciones sociales dejadas de liquidar, así como la sanción moratoria por no haber consignado oportunamente el auxilio de cesantías.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que el Juzgado Cuarto Administrativo de Quibdó es el competente para avocar el conocimiento de la demanda en comento.

Esto, en atención a la naturaleza jurídica de la entidad demandada y la calidad jurídica (determinada por la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña) del sujeto que demanda.

Fijando como regla de decisión que corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo el conocimiento de las demandas en contra de municipios, mediante las cuales se pretende el reconocimiento y pago de prestaciones sociales con ocasión de servicios prestados a dicha entidad pública, siempre que se constante que, prima facie, el demandante no se desempeñó como trabajador de la construcción ni del sostenimiento de obras públicas.

Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al Juzgado Cuarto Administrativo de Quibdó para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los sujetos procesales y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre Jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Istmina y el Juzgado
  3. Cuarto. Administrativo de Quibdó, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo de Quibdó la competencia para avocar el conocimiento y decidir la demanda instaurada por el señor Rodrigo Martínez Banguera en contra del Municipio de Sipí (Chocó).
  5. Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1446 al Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo de Quibdó, para lo de su competencia y para comunique esta decisión a los sujetos dentro del proceso y al Juzgado
  7. Segundo. Civil del Circuito de Istmina.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.